El Consejo de Representantes de la Comisión Nacional de los Salarios Mínimos (Conasami) fijó el sueldo mínimo general en $80.04 pesos diarios.
En el Diario Oficial de la Federación (DOF), se publicó: “Toda vez que lo anterior no se materializó, en la presente fijación salarial el Consejo de Representantes decidió efectuar estos dos aumentos durante la presente fijación; así, se otorga un incremento denominado Monto Independiente de Recuperación (MIR) al salario mínimo de $4.00 pesos diarios para llevar el salario mínimo a un monto de $77.04 pesos diarios, sobre el cual se otorga a su vez el presente incremento de fijación de 3.9%, con lo cual el salario mínimo general que entrará en vigor a partir del 1o. de enero de 2017 será de $80.04 pesos diarios”.
“Se reitera que el incremento de Monto Independiente de Recuperación de $4.00 pesos diarios, señalado en el punto anterior, corresponde al proceso de recuperación gradual y sostenida que deberá tener el salario mínimo general, única y exclusivamente para beneficio de los trabajadores asalariados que lo perciben”, abundó.
Los salarios mínimos profesionales que tendrán vigencia a partir del 1o. de enero de 2017 para las profesiones, oficios y trabajos especiales, como cantidad mínima que deban recibir en efectivo los(as) trabajadores(as) por jornada ordinaria diaria de trabajo, serán los que se señalan a continuación:
SALARIOS MÍNIMOS PROFESIONALES QUE ESTARÁN VIGENTES A PARTIR DEL 1o. DE ENERO DEL AÑO 2017
Pesos diarios
OFICIO
No.
PROFESIONES, OFICIOS Y TRABAJOS ESPECIALES
ÁREA GEOGRÁFICA
ÚNICA
- Albañilería, oficial de 110.64
- Boticas, farmacias y droguerías, dependiente(a) de mostrador en 96.24
- Buldózer y/o traxcavo, operador(a) de 116.54
- Cajero(a) de máquina registradora 98.14
- Cantinero(a) preparador(a) de bebidas 100.42
- Carpintero(a) de obra negra 110.64
- Carpintero(a) en fabricación y reparación de muebles, oficial 108.59
- Cocinero(a), mayor(a) en restaurantes, fondas y demás establecimientos de preparación y venta
- de alimentos 112.21
- Colchones, oficial en fabricación y reparación de 101.55
- Colocador(a) de mosaicos y azulejos, oficial 108.16
- Construcción de edificios y casas habitación, yesero(a) en 102.36
- Cortador(a) en talleres y fábricas de manufactura de calzado, oficial 99.33
- Costurero(a) en confección de ropa en talleres o fábricas 97.98
- Costurero(a) en confección de ropa en trabajo a domicilio 100.90
- Chofer acomodador(a) de automóviles en estacionamientos 103.12
- Chofer de camión de carga en general 113.19
- Chofer de camioneta de carga en general 109.61
- Chofer operador(a) de vehículos con grúa 104.91
- Draga, operador(a) de 117.74
- Ebanista en fabricación y reparación de muebles, oficial 110.37
- Electricista instalador(a) y reparador(a) de instalaciones eléctricas, oficial 108.16
- Electricista en la reparación de automóviles y camiones, oficial 109.34
- Electricista reparador(a) de motores y/o generadores en talleres de servicio, oficial 104.91
- Empleado(a) de góndola, anaquel o sección en tiendas de autoservicio 95.92
- Encargado(a) de bodega y/o almacén 99.82
- Ferreterías y tlapalerías, dependiente(a) de mostrador en 102.09
- Fogonero(a) de calderas de vapor 105.77
- Gasolinero(a), oficial 97.98
- Herrería, oficial de 106.58
- Hojalatero(a) en la reparación de automóviles y camiones, oficial 108.59
- Lubricador(a) de automóviles, camiones y otros vehículos de motor 98.84
- Manejador(a) en granja avícola 94.74
- Maquinaria agrícola, operador(a) de 111.25
- Máquinas para madera en general, oficial operador(a) de 105.77
- Mecánico(a) en reparación de automóviles y camiones, oficial 114.71
- Montador(a) en talleres y fábricas de calzado, oficial 99.33
- Peluquero(a) y cultor(a) de belleza en general 103.12
- Pintor(a) de automóviles y camiones, oficial 106.58
- Pintor(a) de casas, edificios y construcciones en general, oficial 105.77
- Planchador(a) a máquina en tintorerías, lavanderías y establecimientos similares 98.14
- Plomero(a) en instalaciones sanitarias, oficial 105.99
- Radiotécnico(a) reparador(a) de aparatos eléctricos y electrónicos, oficial 110.37
- Recamarero(a) en hoteles, moteles y otros establecimientos de hospedaje 95.92
- Refaccionarias de automóviles y camiones, dependiente(a) de mostrador en 99.82
- Reparador(a) de aparatos eléctricos para el hogar, oficial 104.47
- Reportero(a) en prensa diaria impresa 227.41
- Reportero(a) gráfico(a) en prensa diaria impresa 227.41
- Repostero(a) o pastelero(a) 110.64
- Sastrería en trabajo a domicilio, oficial de 111.25
- Secretario(a) auxiliar 114.44
- Soldador(a) con soplete o con arco eléctrico 109.34
- Tablajero(a) y/o carnicero(a) en mostrador 103.12
- Tapicero(a) de vestiduras de automóviles, oficial 104.91
- Tapicero(a) en reparación de muebles, oficial 104.91
- Trabajo social, técnico(a) en 125.10
- Vaquero(a) ordeñador(a) a máquina95.92
- Velador(a) 97.98
- Vendedor(a) de piso de aparatos de uso doméstico 100.90
- Zapatero(a) en talleres de reparación de calzado, oficial 99.33
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