El Consejo de Representantes de la Comisión Nacional de los Salarios Mínimos (Conasami) fijó el sueldo mínimo general en $80.04 pesos diarios.

En el Diario Oficial de la Federación (DOF), se publicó: “Toda vez que lo anterior no se materializó, en la presente fijación salarial el Consejo de Representantes decidió efectuar estos dos aumentos durante la presente fijación; así, se otorga un incremento denominado Monto Independiente de Recuperación (MIR) al salario mínimo de $4.00 pesos diarios para llevar el salario mínimo a un monto de $77.04 pesos diarios, sobre el cual se otorga a su vez el presente incremento de fijación de 3.9%, con lo cual el salario mínimo general que entrará en vigor a partir del 1o. de enero de 2017 será de $80.04 pesos diarios”.

“Se reitera que el incremento de Monto Independiente de Recuperación de $4.00 pesos diarios, señalado en el punto anterior, corresponde al proceso de recuperación gradual y sostenida que deberá tener el salario mínimo general, única y exclusivamente para beneficio de los trabajadores asalariados que lo perciben”, abundó.

Los salarios mínimos profesionales que tendrán vigencia a partir del 1o. de enero de 2017 para las profesiones, oficios y trabajos especiales, como cantidad mínima que deban recibir en efectivo los(as) trabajadores(as) por jornada ordinaria diaria de trabajo, serán los que se señalan a continuación:
SALARIOS MÍNIMOS PROFESIONALES QUE ESTARÁN VIGENTES A PARTIR DEL 1o. DE ENERO DEL AÑO 2017
Pesos diarios
OFICIO
No.
PROFESIONES, OFICIOS Y TRABAJOS ESPECIALES
ÁREA GEOGRÁFICA
ÚNICA

  1. Albañilería, oficial de 110.64
  2. Boticas, farmacias y droguerías, dependiente(a) de mostrador en 96.24
  3. Buldózer y/o traxcavo, operador(a) de 116.54
  4. Cajero(a) de máquina registradora 98.14
  5. Cantinero(a) preparador(a) de bebidas 100.42
  6. Carpintero(a) de obra negra 110.64
  7. Carpintero(a) en fabricación y reparación de muebles, oficial 108.59
  8. Cocinero(a), mayor(a) en restaurantes, fondas y demás establecimientos de preparación y venta
  9. de alimentos 112.21
  10. Colchones, oficial en fabricación y reparación de 101.55
  11. Colocador(a) de mosaicos y azulejos, oficial 108.16
  12. Construcción de edificios y casas habitación, yesero(a) en 102.36
  13. Cortador(a) en talleres y fábricas de manufactura de calzado, oficial 99.33
  14. Costurero(a) en confección de ropa en talleres o fábricas 97.98
  15. Costurero(a) en confección de ropa en trabajo a domicilio 100.90
  16. Chofer acomodador(a) de automóviles en estacionamientos 103.12
  17. Chofer de camión de carga en general 113.19
  18. Chofer de camioneta de carga en general 109.61
  19. Chofer operador(a) de vehículos con grúa 104.91
  20. Draga, operador(a) de 117.74
  21. Ebanista en fabricación y reparación de muebles, oficial 110.37
  22. Electricista instalador(a) y reparador(a) de instalaciones eléctricas, oficial 108.16
  23. Electricista en la reparación de automóviles y camiones, oficial 109.34
  24. Electricista reparador(a) de motores y/o generadores en talleres de servicio, oficial 104.91
  25. Empleado(a) de góndola, anaquel o sección en tiendas de autoservicio 95.92
  26. Encargado(a) de bodega y/o almacén 99.82
  27. Ferreterías y tlapalerías, dependiente(a) de mostrador en 102.09
  28. Fogonero(a) de calderas de vapor 105.77
  29. Gasolinero(a), oficial 97.98
  30. Herrería, oficial de 106.58
  31. Hojalatero(a) en la reparación de automóviles y camiones, oficial 108.59
  32. Lubricador(a) de automóviles, camiones y otros vehículos de motor 98.84
  33. Manejador(a) en granja avícola 94.74
  34. Maquinaria agrícola, operador(a) de 111.25
  35. Máquinas para madera en general, oficial operador(a) de 105.77
  36. Mecánico(a) en reparación de automóviles y camiones, oficial 114.71
  37. Montador(a) en talleres y fábricas de calzado, oficial 99.33
  38. Peluquero(a) y cultor(a) de belleza en general 103.12
  39. Pintor(a) de automóviles y camiones, oficial 106.58
  40. Pintor(a) de casas, edificios y construcciones en general, oficial 105.77
  41. Planchador(a) a máquina en tintorerías, lavanderías y establecimientos similares 98.14
  42. Plomero(a) en instalaciones sanitarias, oficial 105.99
  43. Radiotécnico(a) reparador(a) de aparatos eléctricos y electrónicos, oficial 110.37
  44. Recamarero(a) en hoteles, moteles y otros establecimientos de hospedaje 95.92
  45. Refaccionarias de automóviles y camiones, dependiente(a) de mostrador en 99.82
  46. Reparador(a) de aparatos eléctricos para el hogar, oficial 104.47
  47. Reportero(a) en prensa diaria impresa 227.41
  48. Reportero(a) gráfico(a) en prensa diaria impresa 227.41
  49. Repostero(a) o pastelero(a) 110.64
  50. Sastrería en trabajo a domicilio, oficial de 111.25
  51. Secretario(a) auxiliar 114.44
  52. Soldador(a) con soplete o con arco eléctrico 109.34
  53. Tablajero(a) y/o carnicero(a) en mostrador 103.12
  54. Tapicero(a) de vestiduras de automóviles, oficial 104.91
  55. Tapicero(a) en reparación de muebles, oficial 104.91
  56. Trabajo social, técnico(a) en 125.10
  57. Vaquero(a) ordeñador(a) a máquina95.92
  58. Velador(a) 97.98
  59. Vendedor(a) de piso de aparatos de uso doméstico 100.90
  60. Zapatero(a) en talleres de reparación de calzado, oficial 99.33

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